Claves para elaborar la declaración de la renta

El próximo 1 de julio se acaba el plazo para que los contribuyentes en general y los clientes de nuestra asesoría del Barrio de Salamanca en particular presenten su declaración de la Renta. Por eso mismo queremos dedicar este post a resolver las principales dudas que pueden surgir en torno a este trámite.

¿Quién está obligado a presentar la declaración?

Si, tras sumar todos los ingresos que hayas recibido en 2018 (salario, negocios, intereses bancarios, rentas…) no llegas a los 1.000 euros brutos anuales, estarás exento de realizar la declaración de la renta

Tampoco es obligatorio si el dinero percibido por el trabajo no supera los 22.000 euros brutos anuales. Siempre que proceda de un único pagador. Si has tenido más de uno, la obligación de hacer o no la declaración dependerá de lo que hayas percibido de cada uno.

Hay que tener en cuenta otros factores como lo ingresado por rendimientos del capital inmobiliario, letras del tesoro o subvenciones por adquisición de viviendas.

¿Cuáles son los plazos?

– 2 de abril: ese día arrancaba la campaña de la Renta 2018

-9 de mayo: comenzaba el plazo para solicitar cita previa presencial en las oficinas de la Agencia Tributaria (AEAT).

– 14 de mayo: arrancaba tanto la atención presencial como la presentación de declaraciones en las oficinas de Hacienda.

-26 de junio: este será el último día para la domiciliación bancaria de las declaraciones con resultado a ingresar.

-1 de julio: último día de la campaña de la Renta 2018 y fecha límite para la presentación de declaraciones con resultado a devolver.

CÓMO CONFIRMAR EL BORRADOR

En Easy Consultores te recordamos que puedes presentar tu declaración por vía telemática (a través del programa RentaWeb o de la App de la Agencia Tributaria) o presencialmente.

Lo primero es consultar el borrador, una propuesta de declaración que confecciona la propia Agencia Tributaria. De forma online, puedes acceder a él con Certificado electrónico o DNIe, con Número de referencia o con Clave PIN.

Tras revisar hay dos opciones:

  1.  Confirmarlo automáticamente y proceder a su presentación.
  2. Elaborar tu propia declaración. Ahí en donde nosotros podemos ayudarte para que no haya fallos en la presentación y, si se da el caso, pagues únicamente lo que te corresponde. Por supuesto, también para que no se te olvide introducir ningún gasto de 2018 de los que sean desgravables.


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